|
REGRESAR

Funciones del Cónsul

Qué puede hacer un/a cónsul por usted:

  • Permitir la utilización de la dirección postal de la oficina Consular para la recepción de correspondencia privada.
  • Orientar a connacionales en materia de asistencia jurídica, médica, notarial, etc.
  • Asistir a connacionales accidentadxs, con problemas graves de salud, y a menores argentinxs en situación de vulnerabilidad. Procurar comunicarse con familiares o allegados para informarles de su situación y necesidades.
  • Informar a parientes o personas allegadas de connacionales sobre accidentes o fallecimientos, catástrofes, y brindarles asesoramiento.
  • Atender los intereses de lxs connacionales en cuestiones de sucesión por causa de muerte.
  • Interesarse por connacionales detenidxs o en prisión (asegurar su legítima defensa en juicio y condiciones dignas de detención) y, bajo ciertas circunstancias, transmitir mensajes a parientes.
  • Solicitar la búsqueda de paradero de connacionales a las autoridades locales.
  • Tramitar la documentación de identidad argentina: DNI, pasaportes ordinarios, y pasaportes provisorios en caso de robo o pérdida al sólo efecto de regresar a la República.
  • Tramitar la opción de nacionalidad de menores residentes en el exterior que sean hijxs de padre/madre argentinxs nativxs.
  • Expedir venias de viaje a menores con el consentimiento de ley de los titulares de la patria potestad.
  • Expedir certificados de supervivencia a todas aquellas personas que perciban una jubilación o pensión de la República Argentina.
  • Expedir certificados de residencia para fines varios.
  • Autorizar todos los actos que pueden efectuar los Escribanos Públicos en la República.
  • Otorgar visas a extranjerxs que requieran algún tipo de residencia para ingresar a la República Argentina.

 

Qué no puede hacer un/a cónsul por usted:

  • Ser parte en procesos judiciales u obtener su eximición de prisión.
  • Proporcionar asesoramiento legal o impulsar procesos judiciales en su nombre.
  • Procurarle un tratamiento diferenciado del que se brinda a lxs nacionales del país en hospitales o prisiones.
  • Realizar tareas que correspondan a agencias de viaje, aerolíneas, bancos, etc.
  • Proporcionarle pasajes o medios para regresar a la República o continuar viaje a otro punto, excepto en circunstancias muy especiales de repatriación.
  • Proporcionarle dinero o hacerse cargo del pago de sus cuentas (facturas hoteleras, legales, médicas o de cualquier otro tipo).
  • Gestionarle alojamiento, residencia, trabajo o permiso de trabajo como asimismo constituirse en su garante o fiador/a.

 

 

 

Fecha de actualización: 22/07/2021